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Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber sobre la LGD

Respuestas claras y prácticas a las dudas más habituales de responsables de RRHH, directores generales y responsables de compras.

Obligación y plantilla
¿Cómo se calcula si mi empresa está obligada a cumplir la LGD?
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La obligación nace cuando la empresa alcanza una plantilla de 50 o más trabajadores. Sin embargo, calcular esa plantilla no siempre es tan sencillo como contar empleados.

Se deben tener en cuenta los contratos indefinidos, temporales y, en determinadas circunstancias, los trabajadores a tiempo parcial siguiendo los criterios establecidos por la normativa laboral. Además, existen particularidades cuando la empresa pertenece a un grupo empresarial o tiene varios centros de trabajo.

Un cálculo incorrecto puede hacer que una empresa piense que no está obligada cuando realmente sí lo está, con el consiguiente riesgo de sanciones.

¿Quieres saber si tu empresa está realmente obligada? Contacta con Excepcionalidad y realizaremos el cálculo por ti.

¿Qué trabajadores cuentan para calcular la plantilla?
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No todos los trabajadores computan exactamente igual. Dependiendo del tipo de contrato, duración, jornada o modalidad de contratación, el cálculo puede variar. También existen reglas específicas para trabajadores cedidos por ETT o contratos de muy corta duración.

Un error en este cálculo puede cambiar completamente la obligación de la empresa.

¿Qué ocurre si bajo de 50 trabajadores?
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La obligación legal de reserva nace cuando la empresa alcanza una plantilla de 50 o más trabajadores. Si posteriormente la plantilla disminuye, conviene analizar cuidadosamente la situación, ya que la aplicación práctica de la normativa depende del momento en que se produce esa reducción y de otros factores relacionados con la organización.

Cada caso debe estudiarse individualmente para determinar las obligaciones que siguen siendo aplicables.

¿Tu plantilla ha cambiado recientemente? En Excepcionalidad analizamos tu situación y te indicamos exactamente cuáles son tus obligaciones legales.

¿Cómo afecta la LGD a los grupos de empresas?
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Cuando una empresa forma parte de un grupo empresarial, el análisis del cumplimiento puede resultar más complejo. Dependiendo de la estructura del grupo, de la personalidad jurídica de cada sociedad y de las relaciones laborales existentes, la obligación puede analizarse de forma individual o teniendo en cuenta determinadas circunstancias comunes.

Un error en esta interpretación puede provocar incumplimientos involuntarios. Por ello, es recomendable realizar un estudio específico de la estructura societaria antes de adoptar cualquier decisión.

En Excepcionalidad analizamos grupos empresariales y diseñamos la estrategia de cumplimiento más adecuada.

¿Las empresas de trabajo temporal computan?
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Sí, aunque depende del supuesto concreto. La normativa establece criterios específicos para determinar cómo computan determinados trabajadores en función del tipo de contratación y de la relación laboral existente.

Por ello, cuando una empresa utiliza trabajadores procedentes de Empresas de Trabajo Temporal conviene analizar cada situación de forma individual para evitar errores en el cálculo de la plantilla.

¿Quieres saber cómo afecta la contratación temporal al cumplimiento de la LGD? Contacta con Excepcionalidad.

Cumplimiento y medidas alternativas
¿Qué ocurre si mi empresa no cumple la cuota del 2%?
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Incumplir la LGD puede generar importantes consecuencias:

  • Sanciones económicas significativas
  • Riesgos en inspecciones de trabajo
  • Pérdida de puntuación en concursos públicos
  • Exclusión de determinadas ayudas y subvenciones
  • Daño reputacional

Además, muchas empresas desconocen que existen alternativas legales para cumplir cuando no resulta posible realizar contrataciones directas.

¿Quieres conocer cuál es la mejor opción para tu empresa? Consúltanos.

¿Qué son las medidas alternativas?
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Cuando una empresa acredita la imposibilidad de cubrir la cuota de reserva puede solicitar autorización para aplicar medidas alternativas. Entre ellas se encuentran:

  • Contratación de servicios con Centros Especiales de Empleo
  • Donaciones autorizadas a fundaciones específicas
  • Patrocinios de actividades relacionadas con el empleo de personas con discapacidad

Cada una tiene requisitos específicos y no todas son válidas en todos los casos.

¿Trabajar con un Centro Especial de Empleo significa que ya cumplo la LGD?
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No necesariamente. Comprar servicios a un Centro Especial de Empleo no implica automáticamente el cumplimiento de la Ley. Solo determinados supuestos, autorizados mediante medidas alternativas y cumpliendo los requisitos legales, permiten considerar ese cumplimiento.

Es uno de los errores más frecuentes y puede derivar en sanciones inesperadas.

¿Una donación a una fundación me permite cumplir la LGD?
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No siempre. Las donaciones únicamente forman parte de las medidas alternativas cuando se cumplen todos los requisitos establecidos por la normativa y existe la correspondiente autorización administrativa.

Realizar una donación sin seguir el procedimiento legal no implica cumplir la Ley.

¿Cómo solicitar el certificado de excepcionalidad?
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El certificado de excepcionalidad permite a una empresa cumplir la obligación mediante medidas alternativas cuando acredita que no puede cubrir la cuota de reserva del 2% con contratación directa.

Para obtenerlo es necesario justificar que existen dificultades objetivas para contratar trabajadores con discapacidad, como la inexistencia de candidatos adecuados o causas organizativas, productivas o técnicas. La solicitud debe presentarse ante el servicio público de empleo competente de la comunidad autónoma.

Es importante recordar que el certificado no es indefinido y debe renovarse cuando expire su vigencia o cambien las circunstancias.

¿Necesitas solicitar un certificado de excepcionalidad? En Excepcionalidad gestionamos todo el procedimiento.

¿Puedo crear un enclave laboral?
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Sí. Los enclaves laborales permiten que trabajadores de un Centro Especial de Empleo desarrollen su actividad dentro de una empresa ordinaria. Es una excelente fórmula para favorecer la inclusión y, además, puede facilitar futuras incorporaciones definitivas.

¿Cómo puedo saber si mi empresa está cumpliendo correctamente?
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Muchas empresas creen cumplir cuando en realidad presentan algún incumplimiento documental o administrativo. La única forma de tener seguridad es realizar una auditoría especializada.

En Excepcionalidad revisamos: plantilla, cálculo legal, documentación, medidas alternativas, riesgos y oportunidades de ahorro.

Contratación y trabajadores
¿Qué grado de discapacidad debe tener un trabajador para computar en la cuota?
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Para que un trabajador compute en la cuota de reserva debe tener reconocido oficialmente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o encontrarse en alguno de los supuestos legalmente equiparados.

No basta con una limitación funcional o una enfermedad; es imprescindible contar con el reconocimiento administrativo correspondiente. La empresa debe conservar la documentación acreditativa, respetando siempre la normativa de protección de datos.

¿Tienes dudas sobre si un trabajador computa para la cuota? En Excepcionalidad revisamos cada caso.

¿Puede una persona con incapacidad permanente trabajar?
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Sí. Tener reconocida una incapacidad permanente no impide automáticamente trabajar. La posibilidad de desarrollar una actividad laboral dependerá del grado de incapacidad reconocido y de la compatibilidad con el puesto de trabajo.

Además, una incapacidad permanente no equivale necesariamente al reconocimiento de un grado de discapacidad, aunque en determinados supuestos la legislación establece equiparaciones.

¿Tienes dudas sobre la contratación de una persona con incapacidad permanente? En Excepcionalidad te asesoramos antes de tomar cualquier decisión.

¿Qué contratos generan mayores bonificaciones?
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La contratación de personas con discapacidad puede dar derecho a importantes incentivos económicos. Las bonificaciones dependen de múltiples factores:

  • Tipo de contrato (indefinido o temporal)
  • Edad del trabajador
  • Sexo
  • Grado de discapacidad
  • Si existe especial dificultad de inserción
  • Normativa vigente en cada momento

Por ello, antes de formalizar una contratación es recomendable estudiar qué modalidad ofrece el mayor beneficio. Una buena planificación puede suponer un importante ahorro en costes laborales.

¿Quieres conocer todas las ayudas disponibles para una contratación concreta? En Excepcionalidad realizamos ese estudio por ti.

¿Qué es el empleo con apoyo y qué ventajas tiene?
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El empleo con apoyo incorpora preparadores laborales especializados que acompañan tanto al trabajador como a la empresa durante el proceso de incorporación. Esto reduce la curva de aprendizaje, mejora la integración y aumenta la estabilidad del puesto.

Además, en determinados casos puede estar subvencionado por la Administración.

¿Puedo implantar un programa de empleo con apoyo en mi empresa?
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Sí. No es una herramienta exclusiva de los Centros Especiales de Empleo. Muchas empresas ordinarias utilizan esta fórmula para facilitar la incorporación de personas con discapacidad contando con profesionales especializados que realizan el seguimiento.

Centros Especiales de Empleo
¿Qué diferencia hay entre un Centro Especial de Empleo y una empresa ordinaria?
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La principal diferencia es su finalidad. Los Centros Especiales de Empleo tienen como objetivo prioritario proporcionar empleo remunerado a personas con discapacidad, debiendo mantener un porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad establecido por la normativa.

Las empresas ordinarias desarrollan su actividad económica sin ese requisito, aunque aquellas con 50 o más trabajadores deben cumplir la obligación de reserva del 2% o aplicar medidas alternativas. Ambos modelos son compatibles y pueden colaborar entre sí.

¿No sabes cuál es la mejor opción para tu empresa? En Excepcionalidad te ayudamos a elegir la solución más adecuada.

¿Qué es un Centro Especial de Empleo de iniciativa social?
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Los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social son aquellos promovidos por entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones u otras organizaciones cuyo objetivo principal es la inclusión laboral de las personas con discapacidad.

Su finalidad prioritaria es generar oportunidades de empleo de calidad y favorecer la integración social de las personas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral. Conviven con otros CEE de iniciativa empresarial, ambos regulados por la normativa vigente.

¿Quieres conocer qué tipo de CEE se adapta mejor a tus necesidades? En Excepcionalidad te ayudamos a elegir la mejor opción.

Sanciones, inspecciones y documentación
¿Qué sanciones existen por incumplir la LGD?
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El incumplimiento de la obligación de reserva del 2% puede dar lugar a sanciones económicas impuestas por la Inspección de Trabajo. La cuantía dependerá de la gravedad de la infracción y de las circunstancias de cada caso, pudiendo alcanzar importes muy elevados.

Además de las multas, la empresa puede perder acceso a determinadas subvenciones, incentivos públicos y verse perjudicada en procedimientos de contratación con las administraciones públicas. Un incumplimiento también puede afectar a la reputación de la empresa y generar problemas en auditorías ESG.

¿Quieres comprobar si tu empresa cumple correctamente? Contacta con Excepcionalidad.

¿Qué documentación debo conservar ante una inspección?
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Una Inspección de Trabajo puede solicitar toda la documentación que acredite el cumplimiento. Entre la documentación más habitual se encuentra:

  • Cálculo de la plantilla
  • Relación de trabajadores con discapacidad y sus certificados
  • Resoluciones de excepcionalidad
  • Documentación de medidas alternativas
  • Contratos con CEE y facturas correspondientes
  • Procesos de selección realizados

Disponer de toda esta documentación organizada facilita enormemente una inspección y reduce riesgos.

¿Quieres saber si tu empresa está preparada para una inspección? En Excepcionalidad realizamos una auditoría documental.

¿Cómo preparar una empresa para una inspección sobre la LGD?
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La mejor preparación consiste en realizar una revisión preventiva antes de que llegue la Inspección. Es recomendable verificar el cálculo de plantilla, comprobar la documentación acreditativa, revisar la situación de los trabajadores con discapacidad, validar las medidas alternativas autorizadas y confirmar que toda la documentación se encuentra actualizada.

Una auditoría preventiva permite detectar errores y corregirlos con antelación. La prevención siempre resulta más económica que afrontar una sanción.

Subvenciones y ayudas
¿Qué subvenciones existen por contratar a una persona con discapacidad?
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Las empresas pueden acceder a numerosas ayudas públicas, entre ellas:

  • Bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social
  • Subvenciones por contratación indefinida
  • Ayudas para transformación de contratos temporales
  • Incentivos autonómicos
  • Programas específicos para jóvenes y mayores de 45 años

La cuantía depende del grado de discapacidad, edad, sexo, comunidad autónoma y tipo de contrato.

¿Quieres saber cuánto podría ahorrar tu empresa? Contacta con nosotros.

¿Qué ayudas existen para adaptar puestos de trabajo?
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Existen ayudas destinadas a adaptación del puesto, eliminación de barreras arquitectónicas, equipamiento específico, software adaptado, herramientas ergonómicas y accesibilidad. Estas ayudas reducen considerablemente el coste de adaptación.

¿Qué subvenciones puedo perder por incumplir la LGD?
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Muchas convocatorias públicas exigen acreditar el cumplimiento de la LGD. No cumplir puede impedir acceder a:

  • Subvenciones y ayudas al empleo
  • Programas europeos
  • Incentivos autonómicos
  • Determinadas licitaciones públicas
Licitaciones y ESG
¿Qué ocurre si licito con la Administración Pública?
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Cada vez es más habitual que el cumplimiento de la LGD sea un requisito para contratar con la Administración. Además, en caso de empate entre ofertas, acreditar políticas efectivas de inclusión puede convertirse en un criterio decisivo para obtener la adjudicación.

¿Cómo acreditar el cumplimiento de la LGD ante un cliente o una Administración?
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Cada vez es más frecuente que clientes privados y administraciones públicas soliciten acreditar el cumplimiento antes de contratar. Para ello, la empresa debe disponer de la documentación que justifique el cumplimiento de la cuota de reserva o, en su caso, de las medidas alternativas autorizadas, junto con los certificados y resoluciones correspondientes.

Presentar esta documentación de forma ordenada transmite confianza y puede convertirse en un factor diferencial frente a otros competidores.

¿Necesitas acreditar el cumplimiento para una licitación o un cliente? En Excepcionalidad te ayudamos a preparar toda la documentación necesaria.

¿Cómo influye la LGD en los criterios ESG y de sostenibilidad?
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La inclusión laboral de personas con discapacidad forma parte de la dimensión social de los criterios ESG. Cada vez más empresas incorporan indicadores relacionados con diversidad, igualdad de oportunidades e inclusión en sus memorias de sostenibilidad y en sus procesos de evaluación por parte de clientes, inversores y administraciones públicas.

Cumplir la LGD no solo reduce riesgos legales, sino que también fortalece la reputación corporativa y mejora la posición competitiva. La inclusión ya no es únicamente una obligación legal; también es un elemento estratégico.

¿Quieres convertir el cumplimiento de la LGD en una ventaja competitiva? En Excepcionalidad podemos ayudarte a integrarlo en tu estrategia ESG.

¿Qué ventajas tiene contratar personas con discapacidad más allá de cumplir la ley?
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Además del cumplimiento legal, las empresas obtienen beneficios como:

  • Bonificaciones económicas en Seguridad Social
  • Mayor acceso a licitaciones públicas
  • Mejora de indicadores ESG
  • Incremento de la reputación corporativa
  • Equipos más diversos e innovadores
  • Mayor compromiso y fidelización del talento

La inclusión no solo reduce riesgos legales, sino que puede convertirse en una ventaja competitiva real.

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Nuestro equipo analiza tu caso concreto y te da una respuesta personalizada sin compromiso.

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